El Derecho Aduanero en Guatemala

Consideraciones Generales

Al hablar de derecho aduanero, se tiene que hacer referencia a diversas actividades tanto de los particulares como del Estado, así como el conjunto de normas legales que rigen el que hacer de la Aduana, como institución encargada de la recaudación, control y fiscalización de las operaciones de comercio exterior.

El derecho aduanero, como parte de la legislación de un Estado, se considera como la parte fundamental que rige las operaciones de comercio exterior, al ser dicho sistema jurídico (leyes ordinarias, reglamentarias, convenios internacionales, administrativas) el encargado de regular las relaciones entre los actores del comercio internacional y el Estado a través de sus autoridades administrativas, especialmente la Aduana, entidad encargada del control, recaudación y fiscalización de los impuestos derivados del comercio exterior.

Puede definirse el derecho aduanero, como el conjunto de normas jurídicas, principios e instituciones que regulan las operaciones de comercio exterior sobre las mercancías que ingresan o egresan de un país determinado, aplicadas a través de la Aduana y que rigen los derechos y obligaciones entre el Estado, como sujeto activo y los importadores, exportadores y demás sujetos intervinientes como sujetos pasivos de la relación jurídica tributaria aduanera, tendientes al control, recaudación y fiscalización de los tributos aduaneros.

La importancia del derecho aduanero se mide principalmente por el efecto económico que revisten los procedimientos administrativos en las distintas aduanas del país. Las funciones principales de la aduana, se refieren a la comprobación de la correcta aplicación de la normativa aduanera, facilitar y controlar el comercio internacional, así como, la recaudación de los tributos a que estén sujetos, el ingreso o egreso de mercancías, de conformidad con lo estipulado por los artículos 4 y 6 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, y las funciones y atribuciones generales reguladas por el artículo 5 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

En el mismo sentido, el artículo 12 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano estipula lo relativo a las atribuciones aduaneras, estableciendo las actividades que la Autoridad Aduanera puede realizar para supervisar y fiscalizar el correcto cumplimiento de las obligaciones aduaneras, por parte de los sujetos pasivos de la obligación tributaria aduanera.

Si bien la ley, define la potestad aduanera como conjunto de derechos, facultades y competencias, no se debe entender el derecho como una actividad discrecional, es decir, si la ejercita o no, la misma se debe entender como la obligación que tiene la Autoridad Aduanera responsable de la aplicación de la legislación y la percepción de los tributos, de conformidad con la Constitución Política y demás leyes aplicables a la materia.

Las operaciones aduaneras requieren de ciertos procedimientos para poder disponer de las mercancías; previo cumplimiento de las formalidades y pago de los impuestos correspondientes (cuando corresponda) lo cual se realiza a través del sistema de autodeterminación. Desde el punto de vista jurídico, a esta actividad se le denomina determinación de la obligación tributaria aduanera, con la cual, se constituye el vínculo jurídico entre la Administración Tributaria, como sujeto activo, y el sujeto pasivo, importador o exportador, principalmente.

Las operaciones aduaneras constituyen las actividades o actos que, a solicitud de parte, realiza la Aduana como ente recaudador del Estado, tendiente a la verificación de requisitos, cobro de impuestos y fiscalización sobre toda operación de comercio exterior; en otras palabras, las mismas tienen como finalidad el superar las barreras o restricciones en el tráfico internacional de mercancías.

Toda operación aduanera genera una serie o conjunto de obligaciones, de distinta índole, las cuales son de cumplimiento forzoso tanto para el importador o contribuyente, como para los demás participantes en las operaciones aduaneras, como: el agente de aduanas, transportista, declarante o representante, dependiendo el caso particular. La obligación tributaria aduanera constituye una de las obligaciones comprendidas en la relación jurídica aduanera.

La ley aduanera no delimita en una sola persona el rol de sujeto pasivo de la obligación tributaria aduanera, ya que delega dicha calidad en dos o más personas o sujetos de derecho. Como regla general, en los procesos de importación y exportación, la declaración la realiza el Agente Aduanero o el Apoderado Aduanero a nombre del consignatario, importador o exportador, por lo que, en principio, la obligación tributaria aduanera, es decir, la obligación del pago de los tributos aduaneros recaerá sobre el Agente de Aduanas o sobre el consignatario de las mercancías; esto sin menoscabo de las otras figuras de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.

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